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Institucional

El Supremo no amplía la suspensión del voto a los nacionalizados por la «ley de nietos» que viven en España

El Tribunal Supremo rechazó el 30 de octubre extender la suspensión del voto el 29N a los nacionalizados residentes en España y dio tres días a las partes para pronunciarse sobre sus hijos. El Gobierno cifró en 163.355 las personas con el voto suspendido.

Leer en Infobae (EFE)

Publicado el · Hecho ocurrido el 30 oct 2026 · Revisado el 1 nov 2026, 17:43

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Según EFE, recogido por Infobae, la Sala de lo Contencioso del Supremo dictó dos autos en respuesta a peticiones de Iustitia Europa del 27 y 28 de octubre. El tribunal no extiende la suspensión a los nacionalizados que trasladaron su residencia a España y figuran en el censo nacional, por quedar fuera del objeto del recurso, y no acuerda por la vía urgente suspender el voto de los hijos de los nacionalizados: tramitará esa petición como medida cautelar y da tres días a las partes para alegar.

Según la misma información, el Gobierno entregó el 29 de octubre la lista pedida por el tribunal: 163.355 personas nacionalizadas por esa ley tienen el voto suspendido y solo 901 podrán votar el 29N por acreditar que son hijos o nietos de exiliados. Por otra parte, la Junta Electoral Central amplió en dos días naturales, hasta el 1 de noviembre, el plazo del primer envío de documentación a los electores residentes en el extranjero (CERA), a petición de la Oficina del Censo Electoral.

Contexto

Autos anteriores del Supremo, del 10 de septiembre y el 12 de octubre, suspendieron el voto de los nacionalizados por la ley, salvo quienes acrediten ser hijos o nietos de exiliados.

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