Según el Ministerio de Asuntos Exteriores, el primer envío (sobres, certificado de inscripción en el censo e instrucciones) se hace del 24 al 30 de octubre, más lo que tarde el correo. Las papeletas llegan en un segundo envío del 4 al 8 de noviembre, que puede retrasarse hasta el 14 si se impugnan candidaturas. También pueden descargarse desde la proclamación de candidaturas hasta el 26 de noviembre.
El voto CERA puede enviarse por correo certificado al consulado hasta el 24 de noviembre o depositarse en urna en el consulado del 21 al 26 de noviembre. Los sobres recibidos antes de la proclamación definitiva de candidaturas no son válidos.
Quien reside en España y está temporalmente en el extranjero (ERTA) debe solicitar la documentación a través del consulado no más tarde del 31 de octubre y devolver su voto a la mesa electoral en España hasta el 25 de noviembre.
Contexto
La Ley Orgánica 12/2022 suprimió el llamado voto rogado: los residentes en el extranjero ya no tienen que solicitar el voto y reciben la documentación de oficio.