Saltar al contenido
Votasabiendo

Institucional

La Junta Electoral Central rechaza pronunciarse sobre la petición de Vox de declarar inelegibles a candidatos de EH Bildu

La JEC respondió el 29 de octubre que comprobar la elegibilidad de los candidatos corresponde a las juntas electorales provinciales y que no tiene competencia para abrir una investigación orientada a ilegalizar un partido.

Leer en Junta Electoral Central

Publicado el · Hecho ocurrido el 29 oct 2026 · Revisado el 1 nov 2026, 17:43

Verificado con fuente primaria

Según el acuerdo 328/2026 de la Junta Electoral Central, el representante general de Vox pidió declarar inelegibles a integrantes de la candidatura de EH Bildu al 29N por incluir a personas condenadas por terrorismo, y que se investigara la posible ilegalización del partido. La JEC contesta que, según los artículos 47 y 169.1 de la LOREG, esa comprobación toca a las juntas electorales provinciales al proclamar las candidaturas, y que contra la proclamación cabe recurso contencioso-electoral.

Sobre la ilegalización, el acuerdo recuerda que, conforme a la Ley de Partidos de 2002, la declaración corresponde a la Sala Especial del Tribunal Supremo y solo pueden instarla el Gobierno y el Ministerio Fiscal, por lo que la Junta «carece de competencia» para abrir esa investigación. Según Demócrata, la petición de Vox citaba a Floren Aoiz, Sonia Jacinto y Marije Fullaondo; el medio no recoge reacciones de EH Bildu.

Contexto

Según el calendario electoral, las juntas electorales provinciales proclaman las candidaturas el 2 de noviembre y el BOE las publica el 3 de noviembre.

Relacionado

Qué proponen sobre justicia e instituciones

Las propuestas de cada partido, tema a tema y con la página del programa.

Más